El pasado 13 de noviembre del 2023 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024 (LIFEF), en la cual se espera que “la Federación perciba los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas en millones de pesos, por un total de 9.066,045.8” (artículo 1 LIEF 2024, publicada en el DOF 13/11/2023)
Esto con respecto a los siguientes conceptos:
No. | Conceptos | Ingresos estimados |
1 | Ingresos | 4,942,030.3 |
2 | Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social | 535,254.7 |
3 | Contribuciones de Mejoras | 36.5 |
4 | Derechos | 59,091.4 |
5 | Productos | 8,641.6 |
6 | Aprovechamientos: | 193,877.0 |
7 | Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos | 1,312,289.4 |
8 | Participaciones, Aportaciones, Convenios, Incentivos Derivados de la Colaboración Fiscal y Fondos Distintos de Aportaciones | |
9 | Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones | 277,774.3 |
10 | Ingresos Derivados de Financiamientos: | 1,737,050.6 |
Total | 9.066,045.8 |
Así mismo, destacan los siguientes artículos:
En su artículo 4 se establece que en el ejercicio fiscal del 2024, la Federación percibirá los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo de inversión financiada directa y condicionada de laComisión Federal de Electricidad por un total de 267 mil 863.1 millones de pesos, de los cuales 119 mil 349.9 millones de pesos corresponden a inversión directa y 148 mil 513.2 millones de pesos a inversión condicionada.
En su artículo 17 se establece que se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones federales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones federales, distintos de los establecidos en la presente Ley, en el Código Fiscal de la Federación, en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, ordenamientos legales referentes a empresas productivas del Estado, organismos descentralizados federales que prestan los servicios de seguridad social, decretos presidenciales, tratados internacionales y las leyes que establecen dichas contribuciones, así como los reglamentos de las mismas.
En su artículo 21 se establece que durante el ejercicio fiscal de 2024 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 54 y 135 de la Ley del Impuesto sobre la Renta será del 0.50 por ciento.
Con base en esto, se expide la Ley que regirá los ingresos y el endeudamiento público que la Federación tendrá el siguiente año.